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RESIDENCIA INTERNACIONAL MIRADOR DEL JUCAR |
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INSTITUTO RURAL DE ARTE |
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Residencia Internacional para Artistas, Creativos y Escritores - Taller Polivalente de Arte |
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Ud es el visitante nº |
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Copyright Instituto Rural de Arte Webmaster Juan Cueto Guerra y Vicente Nario Se pueden reproducir indicando la fuente |
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V 9.4 Abril 2009 |
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Ya se pueden hacer pagos con VISA desde la Web |
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PREGUNTAS Y CONSULTAS MAS FRECUENTES TRAMITACION DEL VISADO |
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TRAMITACION DEL VISADO PARA REALIZAR UNA RESIDENCIA EN EL CENTRO DE ARTE
Los ciudadanos de países que no necesitan visado, pueden viajar a España como turistas hasta 90 días. Una vez en España, pueden ampliarlo hasta 180 días, con una carta de la Residencia indicando que necesitan ampliar su estancia para concluir el proyecto. Han de abonar la prolongación de la estancia para justificar que se la pueden costear y solicitar a la Subdelegación del Gobierno de Albacete la ampliación del visado por la que les cobrarán 50 €.
Visados de estancia. "Visado de viaje o para estancia de corta duración”. (TURISTA). Habilita al extranjero para entrar en España para una estancia interrumpida o estancias sucesivas por un periodo o suma de periodos cuya duración total no exceda de 90 días a partir de la fecha de la primera entrada en España.
NOTA: En la Embajada o Consulado de España en su país, le informarán adecuadamente de las condiciones para obtener el visado si lo necesita. Desde la mayoría de países, se puede entrar a España 90 días, como turista. Las Embajadas y Consulados de España, exigen para emitir el visado, que el interesado demuestre que dispone de medios para costearse la estancia en España.
RESERVAS ANULACIONES Y REDUCCION DE ESTANCIA (Normas de la Junta de Castilla-La Mancha) Decreto 205/2001, de 20 de noviembre , (D.O.C.M. nº 127, de 17 de diciembre de 2001)
CANCELACIONES ANTICIPADAS: En aplicación de la normativa de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de Castilla-La Mancha, quien por cualquier causa y una vez iniciada la estancia cancele la misma antes de la fecha de finalización prevista por él mismo, deberá abonar el 15 % de los servicios que le queden por utilizar.
Esta versión, anula y sustituye a las anteriores. Estas normas pueden variar sin previo aviso
Alcala del Jucar a 27 de Marzo de 2009
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